Asociación de Vecinos y Amigos de Margudgued

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La Asociación de Vecinos y Amigos de Margudgued está formada ahora por un grupo de unas 60 personas relacionadas con la aldea de Margudgued. Funcionamos como tal desde el verano de 2006.

En el acta de constitución acordamos que nuestro fin sería promover, conservar y defender nuestro patrimonio arquitectónico, natural y cultural, así como la búsqueda del bienestar común.

Nos alegra que la asociación esté haciendo más sencilla la tarea de conocernos con nuestros vecinos, tras la llegada de tanta gente nueva a esta pequeña localidad, y esperamos que sirva para integrarnos todos rápidamente en celebraciones y objetivos comunes.

Aprovechamos para invitar a los que todavía no son socios a unirse a nosotros pues cuantos más seamos más podremos pedir o exigir a nuestro ayuntamiento y también podemos permitirnos actividades que de otra forma no se podría, como celebrar unas fiestas con un mayor número de eventos para todos.

 
La junta

La junta directiva de la asociación está formada por las siguientes personas: Francisco Dieste Mur (presidente), Carlota Albás Lascorz (vicepresidenta), Teresa Laplana Rodríguez (Secretaria), José Antonio Martín Pablo (tesorero), Ana María Lascorz Lascorz, Jesús Capablo Garcés, Sixto Dieste Toral, Juan Antonio Cavero Pardo y Pilar Mur Soro (todos ellos vocales).

Los cargos de la junta directiva son designados por la asamblea general y tienen una duración de un año, aunque pueden ser reelegidos por varios periodos consecutivos. Te informamos que tú también puedes ser elegido miembro de la junta y te pedimos que nos indiques durante las asambleas generales si te gustaría formar parte de ella.

 

Actas y estatutos

Acta fundacional de la Asociación de Vecinos y Amigos de Margudgued (30 de julio de 2006)

 Reunidos los firmantes en el anexo adjunto, en Margudgued el 30 de julio de 2006, acuerdan:
 
1º Constituir LA ASOCIACIÓN DE VECINOS Y AMIGOS DE MARGUDGUED, sin ánimo de lucro, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo con el fin de promover, conservar y defender nuestro patrimonio, arquitectónico, natural y cultural, así como la búsqueda del bienestar común.

2º Aprobar los estatutos que se incorporan a este Acta Fundacional como anexo, por los que se va a regir la entidad, que fueron leídos en este mismo acto y aprobados por unanimidad de los reunidos.

3º Designar a la Junta Directiva de la entidad, cuya composición, elegida por unanimidad, es la siguiente:
PRESIDENTE:  D. Francisco DIESTE MUR
VICEPRESIDENTE: Dña.Carlota ALBÁS LASCORZ
SECRETARIA:  Dña. Teresa LAPLANA RODRIGUEZ.
TESORERO:  José Antonio MARTÍN PABLO
VOCALES:
Ana María LASCORZ LASCORZ
Jesús CAPABLO GARCÉS
José María GOMEZ
Sixto DIESTE TORAL
Juan Antonio CAVERO PARDO
Pilar MUR SORO

4º Hacer constar que la sede de la asociación será el edificio de la antigua escuela de la aldea, y que ésta fue construida por los vecinos de entonces, según los testimonios de algunas personas que todavía viven entre nosotros. Comprendemos y aceptamos que en el momento de la desafección del edificio como escuela éste pasara a ser propiedad municipal. Queremos hacer constar que por autoría y moralmente el edificio es de nuestra aldea y que su uso debe estar vinculado a los intereses y decisiones de sus vecinos.

5º Fijar una cuota anual inicial, por socio, de 10 €, aunque se permitirán donativos y cuotas superiores.

6º Igualmente, acuerda elaborar una carta al Ayuntamiento de Boltaña, también anexada y referida a diferentes asuntos de interés común.
 
Como socios fundadores los relacionados en el citado anexo adjunto.
 
Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 14:00 h. del día de la fecha. 

 Estatutos de la Asociación de Vecinos y Amigos de Margudgued (30 de julio de 2006)

 CAPITULO I
DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:

Artículo 1. Con la denominación “ASOCIACIÓN DE VECINOS Y AMIGOS DE MARGUDGUED”, se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Artículo 2. Esta asociación se constituye por tiempo indefinido.

Artículo 3. La existencia de esta asociación tiene como fines:
– Velar por la conservación de nuestro patrimonio arquitectónico, natural y cultural, y por el desarrollo sostenible de la aldea de Margudgued y sus alrededores.
– Defender el interés común de la aldea y de los propios asociados frente a terceros, ya sean personas, organismos u otras entidades.
– Fomentar actividades sociales y culturales.

Artículo 4. Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades
Exposiciones, actos culturales, comidas populares, fiestas… etc.

Artículo 5. La Asociación establece su domicilio social en Margudgued, C/ Única – Casa-Escuela, C.P. 22349, y su ámbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es el municipio de Boltaña, no obstante, éstas podrán extenderse a todo el Estado.
CAPITULO II
ÓRGANO DE REPRESENTACIÓN

Artículo 6. La asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y varios vocales.
Todos los cargos que componen la Junta Directiva serán gratuitos. Éstos serán designados y revocados por la Asamblea General y su mandato tendrá una duración de un año. Los cargos podrán ser reelegidos por varios periodos consecutivos, en la Asamblea General

Artículo 7. Éstos podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva, por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas y por expiración del mandato.

Artículo 8. Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.

Artículo 9. La Junta Directiva se reunirá cuantas veces lo determine su presidente y a iniciativa o petición de cualquiera de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad.

Artículo 10. Facultades de la Junta Directiva:
Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. Son facultades de la Junta Directiva:
a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los Balances y las Cuentas Anuales.
d) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.
e) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.
f) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.

Artículo 11. El Presidente tendrá las siguientes atribuciones: Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, así como dirigir las deliberaciones de una y otra; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Artículo 12. El Vicepresidente sustituirá al presidente en ausencia de éste, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá las mismas atribuciones que él.

Artículo 13. El Secretario tendrá a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá  certificaciones, llevará los libros de la asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles en los registros correspondientes, así como el cumplimiento de las obligaciones documentales en términos que legalmente correspondan.

Artículo 14. El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las órdenes de pago que expida el presidente.

Artículo 15. Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende.

Artículo 16. Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.

 CAPITULO III
ASAMBLEA GENERAL

Artículo 17. La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.

Artículo 18. Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los asociados.

Artículo 19. Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos diez días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora.

Artículo 20. Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presente o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco ni las abstenciones.

Será necesario mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:
a) Disolución de la entidad.
b) Modificación de Estatutos.
c) Disposición o enajenación e bienes integrantes del inmovilizado.
d) Remuneración de los miembros del órgano de representación.

Artículo 21. Son facultades de la Asamblea General:
a) Aprobar la gestión de la Junta Directiva.
b) Examinar y aprobar las cuentas anuales.
c) Elegir a los miembros de la Junta Directiva.
d) Fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias.
e) Disolución de la Asociación.
f) Modificación de los Estatutos.
g) Disposición o enajenación de los bienes.
h) Acordar, en su caso, la remuneración de los miembros de los órganos de representación.
i) Cualquiera otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social.

Artículo 22. Requieren acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto:
a) Modificación de los Estatutos.
b) Disolución de la Asociación.

CAPITULO IV
SOCIOS

Artículo 23. Podrán pertenecer a la asociación aquellas personas con capacidad de obrar, que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.

Artículo 24. Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:
a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.
b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.
c) Socios de honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Asamblea General.

Artículo 25. Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer alguna cuota periódica.

Artículo 26. Los socios de número y fundadores tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Artículo 27. Los socios fundadores y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

Artículo 28. Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de las previstas en los apartados b) y d), del artículo anterior.

Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de los que figuran en los apartados c) y d) del artículo 26, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.

Artículo 29. Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociación serán los siguientes:
a) Las cuotas de socios, periódicas y extraordinarias.
b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
c) Cualquier otro recurso lícito.

Artículo 30. La Asociación, en el momento de su constitución, carece de Fondo social.

Artículo 31. El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.

CAPITULO V
DISOLUCIÓN

Artículo 32. Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de los presentes Estatutos.

Artículo 33. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante líquido lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

En todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las disposiciones complementarias.

En Margudgued, a  30 de julio de 2006.

Firmas en hoja anexa.

Acta de la junta general extraordinaria de la Asociación de Vecinos y Amigos de Margudgued (27 de agosto de 2006)

ASISTENTES:

JESÚS HERNÁNDEZ LAPUENTE
JUAN ANTONIO CAVERO PARDO
CARLOS LÍPEZ MÍNGUEZ
ANA MARÍA LASCORZ LASCORZ
JOSÉ ANTONIO MARTÍN
TERESA LAPLANA
PILI CARMEN MUR
RAFAEL SANCHEZ
MARÍA JESÚS RUIZ
PACO DIESTE
SERGIO TEJERO
LUIS CASTEJON
NURIA VILLACAMPA, P.O. DE ROSARIO COSCULLUELA
EVA BENITEZ IZUEL
JESÚS CAPABLO
MARÍA ANGELES CAPABLO
PILAR ROMÁN
SIXTO DIESTE TORAL
CARLOTA ALBÁS LASCORZ
SANTOS CARLOS ALBÁS ALBAS

 Reunidos los asistentes relacionados, en segunda convocatoria a las 11:30 h. en la plaza de Margudgued, da comienzo la reunión de acuerdo al siguiente ORDEN DEL DÍA:

1º.- Explicación a los asistentes del objeto de la Asociación de vecinos de Margudgued.
Se da una explicación de los objetivos de la Asociación para aquellas personas que no asistieron a la Junta Fundacional.

2º.- Recogida de datos de los socios como dirección, teléfono, etc. y 3º- Inscripción de nuevos socios.
Se reparte una ficha de inscripción tanto a los socios fundadores como a los nuevos que desean incorporarse a la Asociación, con el objeto de crear una base de datos de los mismos.

4º Recogida de opiniones y propuestas para la Asociación  y votación de las mismas.
Se recogen múltiples propuestas de las que se hace constar las que fueron aprobadas por la mayoría de asistentes.

Se decide hacer varias solicitudes al Ayuntamiento de Boltaña, que se relacionan a continuación:

a) Solicitar la colocación de bandas sonoras sobre la carretera y la calle principal de la localidad para disminuir la velocidad de los vehículos a motor que circulan demasiado rápido, pese a la reciente colocación de señales de limitación de la velocidad a 20 km/h., que no es respetada. Así, se sugerirán al Ayuntamiento de Boltaña los posibles puntos de colocación de las bandas: en la carretera, al principio del pueblo (antes de llegar al edificio de la antigua escuela) y a la salida (pasada la curva del Bar “El Pajar”); en cuanto a la calle mayor, por ejemplo, antes de llegar a Casa Dieste y al terminar los apartamentos de reciente construcción. Y además antes de llegar a la curva de la iglesia, en la que no existe visibilidad

b) Prohibición de la circulación de quads dentro de la población, obligando el desvío de los mismos por otro camino alternativo.

c) Sugerir, que puesto que está previsto acondicionar un paseo en la zona desde la escuela hasta el Monasterio, se aproveche para habilitar un carril para la circulación de bicicletas, desde la localidad de Boltaña.

d) Mejora del alumbrado público, tema de gran importancia, puesto que, por una parte, se considera insuficiente el número de farolas existente en la actualidad y por otra, las lámparas instaladas son muy viejas y poco acordes con el entorno del pueblo, deberían ser pues, farolas de un estilo más rústico.
e) Mejora del mobiliario público (bancos, papeleras, fuente, etc.), que está muy deteriorado, y la instalación de un pequeño parque infantil en la explanada del edificio de la escuela (columpios, tobogán, etc.)

f) Arreglo de las paredes del cementerio que están a punto de derruirse, adecentamiento del mismo en la medida de lo posible, y buscar alternativas de acceso que no sea a través de una propiedad particular.

g) Instalación de un “punto limpio” en la localidad que agrupe contenedores de reciclado de  papel y cartón, vidrio, aceite de cocina, etc., como en otras localidades de la Comarca, para poder así contribuir a la conservación del medio ambiente.

h) Vallado de la obra del edificio de la antigua escuela de Margudgued, para la restricción de acceso a “ocupas” y evitar posibles accidentes de personas que accedan a la misma.

i) Refuerzo de la escollera y adecentamiento de la misma para que pueda ser utilizada como paseo, con iluminación, bancos y carril “bici”

j) Colocación de rejas (o instar a quien corresponda), en las zona de toma de agua de la acequia del Molino de Guaso, dado el peligro de succión que representa para personas o animales por la velocidad del agua en esos puntos.

k) Informar mediante carteles bien visibles, colocados junto al río a los bañistas en los momentos en que la contaminación del agua del ríoAra lo haga “no apto” para el baño.

l) Agilización, en la medida de lo posible, de la instalación de la depuradora de aguas residuales en la localidad de Boltaña para atenuar la contaminación del agua del río.

m) Arreglo de los antiguos caminos en la actualidad no transitables en su totalidad, como el que une el pueblo con el Camping o el camino de Margudgued a Guaso.

n) Eliminación de ramas o árboles secos que puedan caer causando destrozos sobre las propiedades o las personas.

o) Restricción o desviación del tráfico en la localidad de Margudgued.

p) Colocación de señales indicativas de inicio y final de poblado.

q) Reforzar la señal de “stop” situada ante el Monasterio de Boltaña, pintando una raya horizontal en el suelo, puesto que actualmente no es respetada con la mayoría de los vehículos, con el peligro que ello representa.

Se decide acudir algún miembro de la Junta al próximo Pleno del Ayuntamiento de Boltaña en el que se traten estos temas, para llevar el seguimiento de los mismos.

Además se toman otros acuerdos de interés general:

– Se decide organizar una exposición sobre la localidad de Margudgued, mediante la recopilación de fotografías, textos, anécdotas, etc, desde lo más antiguo que se conserve hasta nuestros días. La exposición se montará y se abrirá al público  cuando esté acondicionado el edificio de la antigua escuela de Margudgued.

– Se decide adquirir lotería de Navidad en una Administración de Loterías de Huesca, hacer participaciones y venderlas con recargo para obtener fondos para la Asociación.

– La Asociación colaborará en la organización de las fiestas de la localidad para mejorarlas, ahora bien, se conservará la actual forma de organización mediante mayordomos que rotan cada año por las casas del pueblo.

– Asimismo se intentará recuperar tradiciones perdidas de nuestra población como la “esquillada” de San Antón, para lo que se intentará pedir colaboración a la persona delgada de Juventud del Ayuntamiento de Boltaña (si la hay).

– Se decide abrir una cuenta corriente en la entidad Ibercaja con disponibilidad mancomunada de dos de los cuatro miembros principales de la Junta, esto es, Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero.

– Se decide fijar la fecha de la Asamblea General Ordinaria anual en Semana Santa, el domingo de pascua, para conseguir la mayor asistencia de socios posible y al mismo tiempo programar actos para las Fiestas de San Pedro que se celebran en fechas próximas.

– Los acuerdos adoptados en las reuniones se comunicarán a los socios mediante el envío del acta por correo electrónico, o, en su defecto, por correo ordinario.

– Se decide redactar una nota de prensa para enviarla a los periódicos “Crónica del Sobrarbe”, “Diario del Altoaragón” y a la radio comarcal para anunciar la constitución de la asociación y dar a conocer sus fines.

– Se habla del dinero donado a lo largo de los años por los vecinos para la rehabilitación de la iglesia de la localidad, que finalmente ha sido reparada por el Monasterio de Boltaña, a instancia del Ayuntamiento. Se decide que, puesto que la campana de la iglesia no funciona se destinen los fondos para su restauración, y si sobra algo, se adquiera un San Pedro de Verona, ya que, pese a ser uno de los patronos de Margudgued no existe ninguna imagen en nuestra iglesia.
Se citará al párroco a la próxima reunión de la Junta Directiva para tratar estos asuntos.

– Se propone editar una pequeña revistilla anual de la Asociación que incluya las actividades realizadas por la asociación, el programa de las fiestas de San Pedro, además de artículos, poemas u otros escritos.

Y no habiendo más temas que tratar, se levanta la sesión a las 13:15 h. en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Written by diestemur.com

febrero 19, 2009 a 5:20 pm

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